El Gobierno canario presenta recurso de inconstitucionalidad a la Loreg y el Defensor rehusa hacerlo

El Gobierno canario ha interpuesto recurso de inconstitucionalidad a la reciente reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) en lo que al voto de los españoles residentes en el exterior se refiere.
El Gobierno canario presenta recurso de inconstitucionalidad a la Loreg y el Defensor rehusa hacerlo
El Gobierno canario ha interpuesto recurso de inconstitucionalidad a la reciente reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) en lo que al voto de los españoles residentes en el exterior se refiere.
El Consejo de Gobierno canario tomó la decisión de que se presentase el recurso el pasado día 15 y sus Servicios Jurídicos lo presentaron en plazo, que finalizó el 29 de abril, explicaron a ‘Crónicas de la Emigración’ en Presidencia del Gobierno autonómico. Ahora están pendientes de la providencia de admisión por parte del Tribunal Constitucional, que podría tardar unos meses. De admitirse, se considera que la sentencia podría tardar en conocerse algunos años.
El Gobierno canario considera que la interpretación de la vecindad que ha dado lugar a que los residentes en el exterior no puedan votar en los comicios municipales es muy restrictiva y además, resaltan, incluye también a los Cabildos, sometiéndolos al mismo régimen aunque no tienen nada que ver con los municipios.
Sin embargo, en contraposición, el Defensor del Pueblo ha resuelto no interponer el recurso de inconstitucionalidad sobre diversos preceptos de la ley, también referidos a los españoles residentes en el exterior, como le fue solicitado a título individual –sus órganos de representación, Consejos de Residentes Españoles y Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior carece de personalidad jurídica para hacerlo– por muchos de ellos.
Así lo ha comunicado la Defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, en una carta que ha dirigido a cada uno de ellos y que la semana pasada había sido recibido al menos por los solicitantes residentes en Suiza y Francia. La carta se acompaña de la resolución, de 16 folios, adoptada por la institución.