CASTILLA Y LEÓN CUENTA YA CON 125 CASAS REGIONALES ASENTADAS FUERA DE LA COMUNIDAD

La Junta reconoce 30 nuevas comunidades castellano y leonesas en el exterior

El Consejo de Gobierno aprobó hace escasos días el reconocimiento del origen castellano y leonés a 30 comunidades asentadas fuera del territorio de Castilla y León, por lo que se alcanza la cifra de 125 comunidades distinguidas con esta condición.
La Junta reconoce 30 nuevas comunidades castellano y leonesas en el exterior
 El consejero de la Presidencia y portavoz, José Antonio de Santiago-Juárez López, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
El consejero de la Presidencia y portavoz, José Antonio de Santiago-Juárez López, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
El Consejo de Gobierno aprobó hace escasos días el reconocimiento del origen castellano y leonés a 30 comunidades asentadas fuera del territorio de Castilla y León, por lo que se alcanza la cifra de 125 comunidades distinguidas con esta condición. Este acuerdo de Junta afecta a once comunidades en el exterior: ocho en Argentina y una, respectivamente, en Brasil, Colombia y Cuba. Otras 19 comunidades presentes en diversas regiones españolas han recibido el reconocimiento de origen castellano y leonés: seis en Cantabria, cuatro en Andalucía, cinco en Madrid y una, respectivamente, en Cataluña, Castilla-La Mancha, Extremadura y Melilla.
Se consideran comunidades castellanas y leonesas todas aquellas asociaciones y centros sociales legalmente reconocidos –conocidos popularmente como casas regionales–, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia en el territorio en el que se encuentren asentados, que, teniendo entre sus fines estatutarios el mantenimiento de lazos culturales, sociales o asistenciales con Castilla y León, sus gentes, su historia y su cultura, obtengan el reconocimiento de su origen castellano y leonés de conformidad con la ley. Además, debe recordarse que el artículo 9 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece, literalmente, que “los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León que residan en otras comunidades autónomas de España o fuera del territorio nacional, así como sus asociaciones y centros sociales, tendrán el reconocimiento de su origen o procedencia y el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de Castilla y León”.
Las características de este tipo de comunidades, descritas anteriormente, constituyen los requisitos básicos que deben cumplir para obtener el reconocimiento de su origen castellano y leonés, y que alcanzarán por un acuerdo de la Junta de Castilla y León, previa solicitud presentada al efecto, acompañada de la documentación que acredite el cumplimiento de los tales requisitos exigidos.
Una vez reconocido el origen castellano y leonés, las comunidades adquieren una serie de derechos y compromisos. En el orden social, derecho a recibir información de las disposiciones de carácter general emanadas de los órganos de Gobierno de Castilla y León y derecho a compartir la vida social de los castellano y leoneses. En el orden cultural, tienen derecho a disfrutar de las bibliotecas, museos, archivos y exposiciones dependientes de la Comunidad; acceder a los servicios de carácter social, cultural y deportivo promovidos –especialmente los destinados a la juventud–; colaborar en la realización de actividades que faciliten el conocimiento de la cultura fuera del territorio de la Autonomía; impulsar la difusión de las actividades culturales y espectáculos destinados a preservar y fomentar la cultura y las tradiciones de Castilla y León.
Las previsiones estatutarias fueron desarrolladas legalmente mediante la Ley 5/1986, de 30 de mayo, de Comunidades Castellano-Leonesas asentadas fuera del territorio de la Comunidad de Castilla y León y la creación del Registro de Comunidades Castellano-Leonesas, cuya estructura fue regulada por el Decreto 224/1988, de 1 de diciembre, y en la actualidad se adscribe a la Consejería de la Presidencia.