Rodríguez estima que entre 120.000 y 140.000 emigrantes gallegos obtendrán la nacionalidad

El número de gallegos que podrán obtener la nacionalidad tras la aplicación de la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica oscila entre 120.000 y 140.000, según apuntó la pasada semana el secretario xeral de Emigración, Manuel Luis Rodríguez, a propósito de la aprobación por el Consejo de Ministros del decreto que instruye la aplicación de dicha disposición, que entrará en vigor a finales de año. Rodríguez resumió en dos supuestos el acceso a la nacionalidad española: por un lado, los hijos cuyo padre o madre hayan sido originariamente españoles, y por otro, los nietos de exiliados que hayan salido del país desde el inicio de la Guerra Civil hasta 1955. Después de ese año, los requisitos son más exigentes.
El responsable de Emigración de la Xunta valoró “muy positivamente” la decisión del Consejo de Ministros de aprobar la aplicación de la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica, que pondrá fin a “algunos prejuicios” causados por el ordenamiento jurídico, al tiempo que “elimina las discriminaciones entre descendientes de emigrantes por razón del lugar de nacimiento”. Se trata de una norma que “amplía las posibilidades actuales de adquisición de la nacionalidad española por opción y, por lo tanto, amplía derechos”, dijo el secretario xeral, quien añadió que también “elimina, para poder optar a la exigencia, que la progenitora naciera en España”, e “introduce, por primera vez, el derecho de los nietos de los exiliados a optar por la nacionalidad española”.
No obstante, el responsable de Emigración del Gobierno gallego reconoció que “decenas de supuestos” no se recogen explícitamente en la instrucción aprobada por el Ejecutivo estatal, algo que achacó a la “complejidad” del proceso de adquisición de la nacionalidad española, que no permite dar “respuestas uniformes”.
Rodríguez, que consideró garantizada una “interpretación generosa” por parte del Gobierno central de la norma, matizó que, en estos casos, “no se pueden hacer afirmaciones categóricas de todo o nada”. “La complejidad del tema no permite dar respuestas uniformes y habrá que estudiar determinados casos de modo particular”, matizó.
El secretario xeral calificó como “positivo” el proceso abierto por el Gobierno central, que entrará en vigor el próximo 27 de diciembre, porque satisfará, según él, la “mayor parte” de las demandas de nacionalidad que pueden existir. Por ese motivo, “el grado de satisfacción de la Xunta es altísimo”, dijo Rodríguez, quien informó de que el proceso se extenderá hasta el año 2011, aunque podrá prorrogarse uno más si así lo decide el Consejo de Ministros.
Si se cumplen los cálculos de Emigración, entre 120.000 y 140.000 descendientes de emigrantes gallegos podrán acceder a la nacionalidad española, lo que elevará la representación del censo electoral de los residentes gallegos en el exterior del 12 por ciento actual al 16 por ciento.
Rodríguez descartó que este proceso vaya a tener especial relevancia en las próximas elecciones autonómicas, porque, si los comicios son en marzo, “no entrará nadie”, y si se celebran en junio, el número de personas que tendrán “tiempo material” para acceder a la nacionalidad será “reducido”.
El Ejecutivo central desconoce cuántas solicitudes se presentarán finalmente, puesto que eso dependerá de la situación socioeconómica de los descendientes de españoles en los distintos países, de su edad y su nivel de formación e integración.
Para acreditar la condición de exiliado del abuelo o abuela del solicitante, el Ministerio de Justicia admitirá documentos que prueben que éste ha sido beneficiario de pensiones concedidas a exiliados, documentos expedidos por oficinas de refugiados o por entidades o instituciones reconocidas y vinculadas con el exilio.
Así mismo, servirá también la participación en actividades de defensa y protección de los exiliados españoles o por trabajar actualmente en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura, según el Gobierno.
La disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica concede un plazo de dos años prorrogables para ejercer el derecho de opción a la nacionalidad española a favor de las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
Este derecho se extiende a los hijos de español o española de origen y nacidos en España que hubiesen optado a la nacionalidad no de origen, con el fin de que puedan obtener la nacionalidad española de origen.
Estos interesados, según el Ejecutivo, estarán exentos de aportar la documentación ya presentada que sirvió de base para obtener la nacionalidad española no originaria y bastará con que formalicen una nueva declaración de opción.