CONSIDERA QUE LA FORMACIÓN LIDERADA POR CASCOS HA PUESTO EN ENTREDICHO SU OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD

La Junta Electoral Provincial traslada al fiscal las dudas de Foro sobre el voto emigrante

La Junta Electoral Provincial (JEP) del Principado de Asturias acordó este martes, día 8, trasladar a la fiscalía las dudas planteadas por el partido político Foro en relación al escrutinio del voto emigrante. “Visto que el contenido de las manifestaciones vertidas por la formación política Foro de Ciudadanos (FAC) en los medios de comunicación, pone en entredicho la objetividad e imparcialidad de esta Junta Electoral, se acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal”, señaló la JEP a través de un comunicado.
La Junta Electoral Provincial traslada al fiscal las dudas de Foro sobre el voto emigrante
La Junta Electoral Provincial (JEP) del Principado de Asturias acordó este martes, día 8, trasladar a  la fiscalía las dudas planteadas por el partido político Foro en relación al escrutinio del voto emigrante. “Visto que el contenido de las manifestaciones vertidas por la formación política Foro de Ciudadanos (FAC) en los medios de comunicación, pone en entredicho la objetividad e imparcialidad de esta Junta Electoral, se acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal”, señaló la JEP a través de un comunicado.
De esta manera salió al paso de las manifestaciones realizadas este lunes por Foro, quien señaló que había localizado 334 personas que habían votado en las últimas elecciones autonómicas sin haber solicitado votar, tal y como marca la ley. Según el director de la pasada campaña electoral de Foro y senador, Isidro Martínez Oblanca, este número, 334, “coincide casi exactamente con el de los votos recibidos directamente en la JEP sin pasar por las delegaciones diplomáticas y consulares, y que los interventores de Foro intentaron sin éxito que no se mezclaran con el resto de los votos correctamente emitidos”.
Desde la JEP se afirma que esa diferencia no es tal y que todo se desarrolló de acuerdo a la ley. Así pues, recuerda que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41.5 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y del Acuerdo de la Junta Electoral Central de 29 de septiembre de 2011, la Oficina del Censo Electoral hizo entrega a las formaciones políticas, que lo habían solicitado, de una copia del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) con la información de las solicitudes de voto aceptadas a fecha 5 de marzo de 2012. El total de solicitudes en ese momento era de 4.163.
Sin embargo, la Oficina del Censo Electoral siguió recibiendo posteriormente solicitudes de voto CERA, siendo tramitadas, exclusivamente, las solicitadas dentro del plazo legal (hasta el 25 de febrero de 2012), aunque recibidas después del 5 de marzo de 2012, de conformidad con el Acuerdo de la Junta Electoral Central de fecha 5 de octubre de 2011, según el cual: “la remisión por la Oficina del Censo Electoral de la documentación para el voto de los electores deberá realizarse en todo caso siempre que sea posible de este modo el ejercicio del derecho de sufragio y haciendo una interpretación favorable al ejercicio del mismo”.
De este modo, el fichero para el escrutinio del CERA que fue entregado a la Junta Electoral del Principado de Asturias constaba de 4.826 solicitudes de voto aceptadas, cifra oficial que fue publicada el día 26 de marzo de 2012 por la Oficina de Censo Electoral en la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Por último, la JEP señala que en el escrutinio público realizado por la Junta Electoral del Principado de Asturias el día 28 de marzo de 2012, en que se encontraban presentes los representantes, apoderados e interventores de las distintas formaciones políticas acreditados para tal acto, “se comprobaron todos los envíos recibidos, introduciendo en las urnas exclusivamente aquellos sobres de votación que venían acompañados de la correspondiente certificación censal, lo que fue verificado por los miembros de la Junta Electoral del Principado de Asturias con el correspondiente lector óptico”.

Foro responde al comunicado
El partido liderado por Álvarez-Cascos solicitó este martes a la Junta Electoral Provincial (JEP), mediante el acceso a los correspondientes certificados de Correos recibidos y remitidos por la Delegación Provincial del Censo, la acreditación de las fechas de solicitud de los votos rogados del Censo de Residentes Ausentes (CERA) que tenía como límite el 25 de febrero, y la acreditación de las fechas de remisión de la documentación enviada a los solicitantes del voto rogado referidos en el apartado anterior, que tenía como límite el 13 de marzo de 2012.
Según explicó el partido en un comunicado, para Foro no está en cuestión la objetividad o imparcialidad de la Junta Electoral Provincial ni de la Oficina del Censo, sino la transparencia del proceso, “a la vista de que los documentos proporcionados por estos organismos ofrecen unos datos que entran en contradicción con la regulación de la LOREG”.
Foro sostiene que la alegación presentada por Foro, en relación con los electores que han solicitado el voto en el CERA, “se ciñe a poner de manifiesto hechos que resultan de los datos resultantes de contrastar la información que, de forma oficial, se puso a disposición de Foro con fecha 6 de marzo por la Delegación Provincial del Censo Electoral con la información proporcionada por la Junta Electoral Provincial el día 17 de abril”.
Añade que, desde la fecha en que concluyó el plazo para solicitar el voto, día 25 de febrero de acuerdo con el artículo 75.1 Loreg, hasta la fecha en que se entrega por la Oficina del Censo el listado de electores con indicación de quienes han solicitado el voto, día 6 de marzo, transcurrieron diez días.
“Es necesario que dicho censo incluyera la relación de todos los electores que hayan solicitado el voto para permitir que las formaciones políticas tuvieran conocimiento de los mismos a fin de poder enviarles la propaganda electoral y realizar el resto de actividades propias de la campaña electoral”, indica.
Desde Foro también se señala que “la única documentación recibida de la Oficina del Censo en relación con los electores del CERA fue la entregada en fecha 6 de marzo, en la cual no se incluyen 334 electores que, habiendo votado en las elecciones del día 25 de marzo, no figuran como solicitantes del voto”.
Foro aclara, asimismo, que la participación de sus interventores en el acto del escrutinio de los votos CERA se ciñó a las indicaciones que en cada momento les comunicaron los miembros de la Junta Electoral Provincial, sin que en ningún momento les fuera entregada ni mostrada a estos interventores para su comprobación la documentación referida a la comprobación del cumplimiento de los plazos de las solicitudes recibidas y de las fechas de remisión de la documentación preceptiva.
Ni tampoco de los sobres de votación recibidos por la Junta Electoral Provincial, que venían acompañados de la correspondiente certificación censal para su comprobación, tarea que solamente llevaron a cabo los funcionarios presentes, junto con los miembros de la Junta Electoral Provincial.