Foro formaliza su reclamación contra el escrutinio del voto emigrante

La representante de Foro de Ciudadanos (FAC) Lourdes Fuencisla ha formalizado este jueves ante la Junta Electoral Provincial, su reclamación contra las actas de escrutinio del voto emigrante que el miércoles dio un escaño más al PSOE en el nuevo Parlamento regional, lo que deja a la suma del PP y del partido de Francisco Álvarez-Cascos sin mayoría absoluta.
Foro formaliza su reclamación contra el escrutinio del voto emigrante
La representante de Foro de Ciudadanos (FAC) Lourdes Fuencisla ha formalizado este jueves ante la Junta Electoral Provincial, su reclamación contra las actas de escrutinio del voto emigrante que el miércoles dio un escaño más al PSOE en el nuevo Parlamento regional, lo que deja a la suma del PP y del partido de Francisco Álvarez-Cascos sin mayoría absoluta.
El documento presentado incide en la impugnación realizada por Foro al inicio del escrutinio contra los 322 votos que llegaron directamente por Correos sin ser remitidos por los consulados de España, reclamación que fue rechazada por la Junta Electoral antes de iniciar el recuento de los sufragios.
Estos votos se incorporaron a las papeletas que sí habían sido remitidas por los consulados por lo que Foro ha impugnado el acta de la sesión de escrutinio y todos y cada uno de los sufragios remitidos por los emigrantes al no poder diferenciar unos de otros.
Según Foro, el Gobierno podía haber regulado los criterios y limitar los supuestos de aplicación del artículo que obliga a remitir el voto a los consulados españoles o establecer otros procedimientos para la participación electoral de los emigrantes que vivan en Estados donde no sea practicable esta posibilidad.
Así, el recurso incide en que, tras la última reforma de la Ley Electoral, este desarrollo normativo no se ha llevado a cabo aún “por lo que procede la aplicación de lo dispuesto en dicho artículo ‘strictu sensu’ sin que en modo alguno puedan introducirse procedimientos alternativos o diferentes”.
A juicio de la formación de Álvarez-Cascos, no cabe reconocer ningún valor a la resolución remitida el pasado martes por la Junta Electoral Central a la de Asturias validando este sistema de voto dado que se trata de una resolución “meramente provisional” y no consta que haya sido ratificada por este órgano.
Además, considera “sintomático” que
, una vez producidas tres elecciones desde la reforma de la ley –autonómicas y municipales; generales y nuevamente autonómicas en Asturias y Andalucía– la Junta Electoral no haya cursado instrucciones de obligado cumplimiento en esta materia a las provinciales.
“Una simple resolución presidencial no ratificada y no una instrucción, ni siquiera un acuerdo de la Junta Central, pretende servir de base nada menos que para alterar el resultado de una elección”, añade el recurso de Foro.
Asimismo, incide en que esta resolución del presidente de la Junta Electoral Central “no deja de venir a reconocer” que la remisión directa por correo de los votos es “una irregularidad invalidante”, pero decide que “excepcionalmente” no lo sea “vista la relativa novedad del procedimiento de voto por correo de los electores CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes)”.
Además, cuestiona que dicha notificación reconoce que, un año después de la modificación legal, esa novedad “es ya, cuando menos, relativa por no decir que no constituye ninguna novedad alguna”, dado que esa mecánica electoral estaba ya en vigor en las elecciones de mayo y noviembre de 2011 y en las del pasado 25 de marzo.
Para Foro, no se trata de “una pura exigencia formalista” dado que son “de sobra conocidos” los casos de votos CERA “remitidos en masa a las Juntas escrutadoras desde las sedes de distintos partidos en Caracas, Buenos Aires, Río de Janeiro o México que han provocado declaraciones de nulidad de las mesas correspondientes”.