EL PLAZO PARA EL DEPÓSITO DEL VOTO EN LA URNA SERÁ DEL 21 AL 23 DE MARZO

89.213 asturianos residentes en el exterior podrán votar en las elecciones autonómicas del 25-M

La convocatoria de elecciones anticipadas por parte del presidente del Principado de Asturias, Francisco Álvarez-Cascos, ha activado el mecanismo de la Oficina del Censo Electoral para ofrecer desde el 31 de enero a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE) una guía con información destinada a los electores asturianos sobre las funciones que desarrollará este organismo hasta el 25 de marzo, fecha en que se celebrarán los comicios.
89.213 asturianos residentes en el exterior podrán votar en las elecciones autonómicas del 25-M
La convocatoria de elecciones anticipadas por parte del presidente del Principado de Asturias, Francisco Álvarez-Cascos, ha activado el mecanismo de la Oficina del Censo Electoral para ofrecer desde el 31 de enero a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE) una guía con información destinada a los electores asturianos sobre las funciones que desarrollará este organismo hasta el 25 de marzo, fecha en que se celebrarán los comicios. En esta ocasión tendrán derecho al voto, según los datos del Censo electoral de españoles residentes en el extranjero (CERA) cerrado el 1 de noviembre de 2011, 89.213 emigrantes asturianos. Argentina, con 25.004 residentes que están en el CERA, México (13.258), Cuba (9.914), Bélgica (7.138) y Venezuela (5.364) son los países en los que residen mayor número de asturianos con derecho a voto.
Durante el periodo electoral, los asturianos tendrán a su disposición en la página web https://sede.ine.gob.es un servicio de consulta para comprobar los datos de su inscripción en el censo electoral. Para ello, deberán poseer un certificado electrónico de los publicados en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). La persona que carezca de este certificado podrá consultar sus datos en el consulado correspondiente a su lugar de residencia.
Este servicio estará disponible durante todo el periodo electoral, inicialmente con la información del censo de consulta y, una vez resueltas las reclamaciones, con el censo electoral de votación.
Los plazos para consultar el censo electoral en ayuntamientos y consulados y solicitar reclamaciones de inclusión o exclusión del censo electoral abarcan del 6 al 13 de febrero y la resolución de las reclamaciones por la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral se producirá entre los días 6 y 16 de febrero. El día 17 se expondrá la resolución de las reclamaciones en ayuntamientos y consulados.
Los recursos contra la resolución ante el Juzgado Contencioso-Administrativo se deberán interponer en los cinco días siguientes a partir de la notificación y la sentencia será notificada a interesados, ayuntamientos y consulados en cinco días a partir de la interposición del recurso.
Los residentes en el exterior tendrán que solicitar el voto por correo del 31 de enero al 25 de febrero y el envío de documentación para el voto por correo se deberá producir del 28 de febrero al 5 de marzo. Los electores que quieran conocer el estado del envío de la documentación pueden consultarlo en la dirección https://sede.ine.gob.es aportando el número de su DNI o pasaporte y la fecha de su nacimiento.
La remisión por electores del voto por correo tendrá lugar del 28 de febrero al 20 de marzo y el plazo para el depósito del voto en la urna será del 21 al 23 de marzo (ambos inclusive).
Aquellos residentes en Asturias que se encuentren temporalmente en el extranjero deberán presentar sus solicitudes de voto por correo del 31 de enero al 25 de febrero y el plazo de envío de documentación de voto por correo comprenderá del 28 de febrero al 5 de marzo. La remisión por electores del voto por correo tendrá lugar entre el 28 de febrero y el 21 de marzo.