Reforma del voto en el exterior

La propuesta única de los grupos gallegos podría aprobarse en pleno en mayo o junio

Los tres grupos gallegos ultiman esta semana una propuesta única de modificación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) para facilitar el voto en urna de los residentes en el exterior.
La propuesta única de los grupos gallegos podría aprobarse en pleno en mayo o junio
La reunión de la ponencia de la pasada semana.
Los integrantes de la ponencia sobre el voto exterior, durante la reunión del lunes de la pasada semana.

Los tres grupos gallegos ultiman esta semana una propuesta única de modificación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) para facilitar el voto en urna de los residentes en el exterior en los próximos comicios autonómicos a celebrar en Galcia, previstos para 2009. Una vez aprobada en la ponencia de Emigración, la propuesta deberá ser ratificada en comisión y en pleno en el Parlamento gallego, y es posible que a finales de mayo esté lista para ser remitida al Congreso, según el ‘popular’ José Manuel Castelao Bragaña. Carlos Aymerich, del BNG, pone como límite el mes de junio.

Un año después de constituirse con el objetivo de trabajar para asegurar la limpieza del voto en el exterior, la ponencia de emigración espera lograr esta semana un acuerdo unánime de los tres grupos gallegos con representación parlamentaria (PSdeG, BNG y PP) para elevar al Congreso una propuesta única que recoja las modificaciones a introducir en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General con respecto al voto exterior. De lo que se trata preferentemente es de homogeneizar el procedimiento de voto de los residentes ausentes con el del resto de ciudadanos residentes en el territorio; es decir, que puedan votar en urna y con las mismas garantías de limpieza y transparencia.
Como dato anecdótico quedan a estas alturas los abandonos de la ponencia protagonizados por los representantes del BNG ante lo que consideraban falta de voluntad de socialistas y ‘populares’ para trabajar con vistas a desligar el voto emigrante de las suspicacias en las que se veía envuelto en cada nuevo proceso electoral.
El acuerdo que se prevé alcanzar esta semana está orientado a impulsar una modificación de la Loreg para consentir el voto en urna de la diáspora como una prioridad, frente al voto por correo, y lograr que esta reforma esté lista para los comicios gallegos, previstos para 2009.
Ante la urgencia por la proximidad de la convocatoria, el BNG ha aparcado su aspiración de dejar fijado también en esta propuesta el ámbito en el que los residentes en el exterior pueden ejercer el derecho al voto, ya que su regulación requeriría de un debate más profundo que, a buen seguro, sobrepasaría los plazos establecidos para lograr que el voto en urna de la diáspora sea una realidad en las autonómicas gallegas.
Cuestiones técnicas relacionadas sobre todo con la revisión de los plazos para depurar el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes), obligaron a los integrantes de la ponencia a posponer hasta el martes de esta semana la rúbrica del acuerdo que había sido anunciado para el lunes de la semana pasada. El anhelo de los representantes de los partidos por elevar al Congreso una propuesta lo más minuciosa posible, tanto en lo referente a la forma como al contenido, fue lo que motivó el aplazamiento del acuerdo final.
La propuesta que el Parlamento gallego registrará en el Congreso –que, posteriormente, se encargará de su análisis– es un compendio de las iniciativas que habían sido presentadas por los tres grupos gallegos, aunque toma como referente las planteadas por el PSdeG-PSOE.
El texto recoge reformas en la Loreg tendentes a crear las condiciones para que los emigrantes puedan votar en urna con plenas garantías. Así mismo, pretende la depuración del CERA; la homologación del sufragio por correo desde el exterior con el que se emite desde España, y la reglamentación de las campañas electorales en el exterior.
Por eso, al amparo del derecho recogido en el artículo cuarto de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, en el que se reconoce que el “sufragio se ejerce personalmente en la sección en la que el elector se halle inscrito según el censo y en la mesa electoral que le corresponda, sin perjuicio de las disposiciones sobre el voto por correspondencia y el voto de los interventores”, los ponentes han desarrollado un articulado en el que se recogen los aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de abrir esta posibilidad a los españoles residentes en el extranjero: el ámbito de aplicación de estas normas en el exterior, la organización de las demarcaciones consulares y secciones electorales, las funciones de los consulados y de las juntas electorales, la organización de la campaña electoral en el exterior, los espacios gratuidos destinados para tal fin, la designación de interventores, la constitución de las mesas electorales, el derecho al voto por correo, las especificidades de los sobres y del escrutinio y la depuración del CERA.