Publicada la convocatoria de provisión de puestos de trabajo en la Carrera Diplomática
Con fecha 15 de febrero de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la convocatoria de provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en la Carrera Diplomática. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 10 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios de la Carrera Diplomática, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000, de 19 de mayo.
El Ministerio convoca el procedimiento general de provisión de puestos de trabajo en el extranjero para personal funcionario de la Carrera Diplomática que en la presente resolución ha sido publicada. Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes bases:
Primera. Los puestos de la presente convocatoria podrán ser solicitados exclusivamente por personal funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática.
Segunda. Los puestos de la presente convocatoria se proveerán por el procedimiento de libre designación, previa propuesta no vinculante de la Junta de la Carrera Diplomática, si bien no será preceptiva dicha propuesta de la Junta de la Carrera Diplomática para la provisión de los puestos que se indiquen expresamente.
Tercera. El personal del funcionariado de la Carrera Diplomática que deba cesar en su puesto por cumplir el día 30 de junio de 2025 el plazo máximo de permanencia en el mismo o por haber solicitado la participación voluntaria en el proceso, en el plazo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 674/1993, así como aquel que esté destinado en los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, por haberse encontrado con posterioridad al 31 de enero del pasado año en la situación prevista en el artículo 11 del Real Decreto 674/1993, presentará su solicitud de nuevo destino dentro de los siguientes plazos:
-Hasta las 18:00 horas del lunes 24 de febrero si pertenece a las categorías de embajador o ministro de primera clase.
-Hasta las 18:00 horas del miércoles 26 de febrero si pertenece a la categoría de ministro de segunda clase.
-Hasta las 18:00 horas del lunes 3 de marzo si pertenece a la categoría de ministro de tercera clase.
-Hasta las 18:00 horas del jueves 6 de marzo si pertenece a la categoría de consejero de Embajada.
-Hasta las 18:00 horas del lunes 24 de febrero si pertenece a las categorías de embajador o ministro de primera clase.
-Hasta las 18:00 horas del miércoles 26 de febrero si pertenece a la categoría de ministro de segunda clase.
-Hasta las 18:00 horas del lunes 3 de marzo si pertenece a la categoría de ministro de tercera clase.
-Hasta las 18:00 horas del jueves 6 de marzo si pertenece a la categoría de consejero de Embajada.
-Hasta las 18:00 horas del martes 11 de marzo si pertenece a la categoría de secretario de Embajada de primera clase.
-Hasta las 18:00 horas del viernes 14 de marzo si pertenece a la categoría de secretario de Embajada de segunda clase.
-Hasta las 18:00 horas del martes 18 de marzo si pertenece a la categoría de secretario de Embajada de tercera clase.
Cuarta. Las solicitudes deberán dirigirse mediante el anexo II de la presente resolución a la Subdirección General de Personal, perteneciente a la Dirección General del Servicio Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Quinta. Conforme al artículo 11 del Real Decreto 674/1993, en su solicitud, los participantes indicarán, por orden de preferencia, cinco puestos de trabajo entre los incluidos en la convocatoria a los que deseen ser destinados. Dentro de las cinco preferencias podrán también expresar su deseo de permanecer o ser destinados a los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Los participantes que indiquen menos de cinco puestos de trabajo en su solicitud (entendiéndose por tales puestos de trabajo en el exterior) y cuyas preferencias no sean atendidas, podrán ser destinados a cualquier otro puesto, sin que esos destinos tengan la consideración de forzosos.
Sexta. Los puestos convocados quedarán circunscritos a las categorías de la Carrera Diplomática que se establezcan en la convocatoria. Únicamente podrán adjudicarse puestos a miembros de categorías inferiores a aquellas a las previamente establecidas cuando ninguno de los integrantes de estas que participe en la convocatoria haya solicitado dichos puestos, o cuando aun solicitándolos, se le adjudique cualquier otro de los puestos que figuren en su solicitud.
Séptima. Con fecha límite del 20 de abril, se publicarán los nuevos destinos del personal funcionario de la Carrera Diplomática, que tendrán efecto desde el 30 de junio de 2025, fecha a partir de la cual se iniciará el cómputo del plazo de cese reglamentario. La incorporación a los puestos asignados se producirá durante el mes de agosto de 2025.
Octava. A la provisión de puestos de trabajo en el exterior para el personal funcionario de la Carrera Diplomática le serán aplicables las demás normas y condiciones generales para la provisión de puestos de trabajo en el extranjero contenidas en el capítulo II del Real Decreto 674/1993.
Novena. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Los puestos de trabajo en las diferentes sedes diplomáticas:
América
Embajada de España en Estados Unidos –Washington– (Segunda Jefatura)
Consulado General de España (Cónsul General)
Consulado General de España –Miami– (Cónsul General)
Consulado General de España –San Francisco– (Cónsul General)
Consulado General de España de México (Cónsul General)
Consulado General de España en Caracas Venezuela (Cónsul General)
Consulado General de España en La Habana (Cónsul General)
Embajada de España en Bogotá (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Venezuela (Segunda Jefatura)
Consulado General de España en Montevideo (Cónsul General)
Consulado General de España en Brasil –Porto Alegre– (Cónsul General)
Embajada de España en Washington (Consejero Asuntos Culturales)
Embajada de España en México (Consejero Asuntos Culturales)
Embajada de España en Nicaragua (Segunda Jefatura)
Consulado General de España en México –Guadalajara– (Cónsul General)
Embajada de España en México (Consejero)
Embajada de España en Haití (Segunda Jefatura)
Consulado General de España en Buenos Aires (Cónsul Adjunto)
Consulado General de España en La Habana (Cónsul)
Representante Permanente de España ante la ONU (Consejero)
Embajada de España en México (Secretario)
Embajada de España en Panamá (Secretario)
Embajada de España en Perú (Secretario)
Embajada de España en Guatemala (Secretario)
Embajada de España en Trinidad y Tobago (Secretario)
Consulado de España en Venezuela –Caracas– (Cónsul Adjunto)
África:
Embajada de España en Marruecos (Segunda Jefatura)
Embajada de España Argelia (Segunda Jefatura)
Consulado General de España en Sudáfrica –Ciudad del Cabo– (Cónsul General)
Embajada de España en Marruecos (Secretario)
Embajada de España en Kenia (Secretario)
Embajada de España Argelia (Secretario)
Embajada de España en Libia (Secretario)
Embajada de España en Angola (Secretario)
Embajada de España en Libia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Mozambique (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Etiopia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Bissau (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Tanzania (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Sudán (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Angola (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Guinea Ecuatorial (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Sudáfrica (Consejero)
Embajada de España en Túnez (Segunda Jefatura)
Europa:
Embajada de España en Dinamarca (Consejero Asuntos Culturales)
Embajada de España en Finlandia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Polonia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Letonia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Estonia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Suecia (Consejero Asuntos Culturales)
Consulado General de España en Reino Unido –Londres– (Cónsul)
Consulado General de España en Suiza –Ginebra- (Cónsul General)
Consulado General de España en Portugal –Lisboa– (Cónsul General)
Consulado General de España en Reino Unido –Mánchester– (Cónsul General)
Consulado General en Andorra (Cónsul General)
Representación Permanente de España ante UE (Coordinador Reper)
Embajada de España en Suecia (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Ucrania (Secretario)
Representante Permanente de España ante la OSCE –Viena– (Consejero)
Representante Permanente de España ante OO II –Viena– (Secretario)
Embajada de España en Bélgica (Consejero)
Embajada de España en Reino Unido (Secretario)
Embajada de España en Francia (Secretario)
Embajada de España en Serbia (Consejero)
Embajada de España en Bulgaria (Secretario)
Representación Permanente de España ante el Consejo de Europa –Estrasburgo– (Consejero)
Embajada de España en Ucrania (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Chipre (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Turquía (Segunda Jefatura)
Países Árabes
Embajada de España en Arabia Saudí (Secretario)
Embajada de España en Omán (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Líbano (Segunda Jefatura)
Embajada de España en Senegal (Segunda Jefatura)
Asia
Embajada de España en Vietnam (Secretario)
Embajada de España en India (Secretario)
Embajada de España en China (Secretario)
Embajada de España en Corea del Sur (Secretario)
Embajada de España en Japón (Secretario)
Embajada de España en Malasia (Segunda Jefatura)
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