Con el propósito de ayudar a los descendientes de emigrantes naturales de este municipio

El Ayuntamiento de Guía de Gran Canaria informa sobre la documentación conservada sobre la emigración a Cuba

Con el propósito de ayudar a los descendientes de emigrantes naturales de Guía de Gran Canaria que se están dirigiendo al Ayuntamiento solicitando información sobre sus ascendentes, la mayoría emigrantes a Cuba, la Concejalía de Cultura y Patrimonio Histórico, que dirige Julián Melián, aclara que desde los ayuntamientos no se emiten certificados de nacimiento o bautismo, ni ningún otro que indique el estado civil de las personas que emigraron a Cuba.

El Ayuntamiento de Guía de Gran Canaria informa sobre la documentación conservada sobre la emigración a Cuba
Ayuntamiento Guia-Julian Melian y Sergio Aguiar
Julián Melián y Sergio Aguiar muestran las guías de viaje que se conservan en el archivo de Guía.

La única información al respecto que se ha conservado en el Archivo Municipal de Guía son las denominadas comendaticias o autorizaciones de viajes que se tramitaron en el Ayuntamiento entre 1849 y 1894.

El archivero municipal, Sergio Aguiar Castellano, ha creado un documento donde se recoge el nombre, el estado civil, quiénes acompañan al solicitante en el viaje y la fecha de solicitud; todo ello con el objeto de facilitar la búsqueda de los antepasados nacidos en Guía que viajaron a Cuba principalmente en la segunda mitad del siglo XIX.

Otras fuentes para localizar a sus ascendientes son los padrones municipales que se pueden consultar en la página web del Archivo Histórico Provincial de Las Palmas.

Asimismo, el concejal de Cultura, Julián Melián, recuerda a los descendientes de ciudadanos de Guía que deben dirigirse a los registros civiles en los respectivos juzgados o a las parroquias donde nacieron las personas o al Archivo Diocesano en Las Palmas de Gran Canaria.

• Documentación civil: Los documentos básicos son certificados de nacimiento, de matrimonio y de defunción. Se pueden conseguir en los registros civiles, que se crean en 1870 y entran en funcionamiento en 1871. Eso significa que la documentación de los registros civiles es bastante moderna y no permite investigar más allá de tres o cuatro generaciones.

La documentación puede solicitarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Además, puede hacerse la solicitud personalmente o por escrito dirigiéndose a los registros civiles del municipio de nacimiento.

• Documentación eclesiástica: A partir del Concilio de Trento, desde 1563, las parroquias quedaron encargadas de recoger en libros los datos de sus feligreses, especialmente los datos sobre nacimiento, matrimonio y defunción. Estos documentos son fundamentales para el conocimiento de datos familiares, a través de las «partidas» de bautismo, matrimonio y defunción, gracias a la información que incluyen de cada persona. Abarcan más años que la documentación del registro civil. Los interesados pueden localizar la parroquia de su interés en el siguiente documento: https://www.mcu.es/archivos/docs/ArchivosIglesia.pdf

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