Se destinan más de 1,08 millones para el mantenimiento de los centros y actividades

La Junta abre el plazo de solicitud de las ayudas a las asociaciones, coordinadoras y federaciones andaluzas en el exterior

Asociaciones, coordinadoras y federaciones de comunidades andaluzas en el exterior con reconocimiento de la Junta de Andalucía e inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas (ROCA) pueden solicitar ya las subvenciones que el Gobierno autonómico destina a su mantenimiento, así como para el desarrollo de actividades de promoción cultural y orientación a la población andaluza en el exterior.

La Junta abre el plazo de solicitud de las ayudas a las asociaciones, coordinadoras y federaciones andaluzas en el exterior

La orden se recoge en el Boletín Oficial de la Junt a de Andalucía (BOJA) del pasado día 17, por disposición de la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.

Con un presupuesto de 1.082.076 euros, el objetivo de estas ayudas es el sostenimiento de actividades de promoción cultural a través de las líneas COAN y FEDCO, que cuentan con partidas de 852.076 y 230.000 euros, respectivamente.

En el primer caso, se trata de ayudas a comunidades andaluzas asentadas en el exterior para la realización de acciones culturales sobre la identidad andaluza, de proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, de apoyo a la emigración andaluza y para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación de gastos corrientes de sus sedes. Las ayudas FEDCO se destinan a Federaciones o Coordinadoras de Comunidades Andaluzas asentadas en el exterior para la realización igualmente de acciones culturales sobre la identidad andaluza, de proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, de apoyo a la emigración andaluza y para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación de gastos corrientes de sus sedes.

Además de la cuantía total máxima indicada, la presente convocatoria podría contar con una cuantía adicional dentro de los créditos disponibles, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.

Los directivos de las entidades beneficiarias tienen de plazo para realizar la solicitud veinte días hábiles a contar desde el 18 de junio, día siguiente al de la publicación en el BOJA del acuerdo alcanzado por la Consejería de Presidencia.

El periodo de realización de las actividades abarca desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de ese mismo año.